Fecha de Publicación: 16/12/1998
Página: 1180-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Resolución 487/998

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Resolución 487/998

Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado
a los "Equipos de control y/o monitoreo de laboreo de suelo, siembra,
cosecha, fertilización o pulverización".
(2.797*R)

                                        Montevideo, 1 de Diciembre de 1998

 VISTO: Lo dispuesto por el literal E) del numeral 1 y literal B) del
numeral 3 del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 y por el
artículo 38 del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de 1998;

 CONSIDERANDO: I) Que en mérito a lo dispuesto por la norma reglamentaria,
la Dirección General Impositiva está facultada para establecer la nómina
de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado dadas sus
características de maquinaria agrícola y sus accesorios;

 II) Que los bienes denominados "Equipos de Control y/o monitores de
laboreo de suelo, siembra, cosecha, fertilización o pulverización" son de
uso exclusivamente agrícola, por lo que corresponde su inclusión en la
nómina de bienes exonerados contemplados en la Resolución de la Dirección
General Impositiva Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979;

 ATENTO: A lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio
de Economía y Finanzas;

                     EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

                               RESUELVE:

1

 Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor
Agregado que establece la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº
305/979 de 30 de noviembre de 1979 a los "Equipos de control y/o monitoreo
de laboreo de suelo, siembra, cosecha, fertilización o pulverización".

2

 Publíquese en el Diario Oficial, insértese en el Boletín Informativo,
notifíquese y cumplido, archívese.

El Director General de Rentas, Cr. JOAQUIN DIAZ


Recibido por D. O. el 11 de Diciembre de 1998
Ayuda