El personal general de las arroceras, cuando tenga que recorrer una distancia superior a mil quinientos metros, hasta el lugar en que tomará el trabajo, deberá tener transporte gratuito de la empresa. Igualmente se procederá cuando deja el trabajo por cumplimiento de horario.
A tal efecto, la empresa determinará los lugares de concentración de las respectivas cuadrillas de trabajadores para su conducción.
Esta disposición rige exclusivamente dentro de los límites de los establecimientos y para el personal en servicio.
En caso de despido la empresa llevará gratuitamente a los obreros hasta
el lugar en que haya medios baratos de transporte de servicio público.
Existiendo locomoción permanente dentro del establecimiento dichos obreros estarán sujetos al horario en vigencia.