El Ministerio de Salud Pública determinará cuáles son las construcciones existentes que se encuentran en la actualidad en condiciones de ser habitadas, con garantías contra la invasión de las aguas o de la humedad, exigiendo que se ajusten, en lo posible, a lo que se establece en esta ley, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los municipios.