ESTABLECIMIENTOS AGRICOLAS. ARROCERAS. REGIMEN LABORAL




Promulgación: 20/12/1940
Publicación: 17/01/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 1036

Artículo 3

   Las empresas estarán obligadas a tener un pabellón colectivo para baños-duchas con agua caliente y fría, con secciones de hombres y mujeres, de entradas independientes y con w. c. y lavatorios, que permanecerán abiertos al servicio, en forma permanente.
   Deberán también suministrar agua para beber en condiciones de potabilidad.
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