LEY DE DERECHOS DE AUTOR




Promulgación: 17/12/1937
Publicación: 27/06/1940
Publicada anteriormente: 27/12/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 873
Referencias a toda la norma

CAPITULO I

De los derechos del autor

Artículo 1

   Esta ley protege el derecho moral del autor de toda creación literaria, 
científica o artística y le reconoce derecho de dominio sobre las 
producciones de su pensamiento, ciencia o arte, con sujeción a lo que establecen el derecho común y los artículos siguientes.
   Asimismo, y en base a las disposiciones que surgen de esta ley,
protege los derechos de los artistas, intérpretes y ejecutantes,    productores de fonogramas y organismos de radiodifusión. Esta protección     no afectará en modo alguno la tutela del derecho de autor sobre las obras protegidas. En consecuencia, ninguna de las disposiciones contenidas a favor de los mismos en esta ley podrá interpretarse en menoscabo de esa protección. (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) agregado/s por: Ley Nº 17.616 de 10/01/2003 artículo 1.
Reglamentado por: Decreto Nº 154/004 de 03/05/2004.
Referencias al artículo

TERRA - EDUARDO VICTOR HAEDO
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