COOPERATIVA NACIONAL DE PRODUCTORES DE LECHE (CONAPROLE). CREACION. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 14/12/1935
Publicación: 26/12/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 966
Referencias a toda la norma

De los precios máximos y mínimos

Artículo 7

   La Cooperativa pagará al Municipio de Montevideo, para el Servicio de
Contralor, la tasa de un milésimo por litro de leche destinada al consumo y
un centésimo por cada treinta litros de leche industrializada. El Municipio
no percibirá la tasa de un milésimo por la leche que, de acuerdo con el
artículo 3º se destine a los Servicios de Salud Pública, Consejo del Niño y a
las clases populares.
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