COOPERATIVA NACIONAL DE PRODUCTORES DE LECHE (CONAPROLE). CREACION. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 14/12/1935
Publicación: 26/12/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 966
Referencias a toda la norma

Disposiciones legales y transitorias

Artículo 31

   La Cooperativa Nacional de Productores de Leche podrá emitir "debentures", para entregarlo en pago del precio de las expropiaciones, de acuerdo con los convenios que puedan realizarse. Los "debentures" serán garantidos por el Estado y no podrán ser emitidos sin autorización del Poder Ejecutivo. El 
Banco de la República Oriental del Uruguay, la Caja Autónoma de Amortización
y la Caja de Jubilaciones de la Industria, Comercio y Servicios Públicos, podrán aceptar "debentures" en pago de sus créditos.
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