El ingreso a un cargo técnico por vacancia de éste se realizará mediante concurso de oposición entre los aspirantes. Entiéndese por cargo técnico a los efectos de esta ley, aquél para cuyo ejercicio necesita el aspirante poseer un título universitario que lo habilite para desempeñarlo, y los cargos que sin ser desempeñados por profesionales exigen, por su naturaleza, una preparación científica adecuada, como el de ayudante técnico. (*)