LEY ORGANICA DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 12/01/1934
Publicación: 22/01/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 97
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
De la Sanidad Marítima, Aérea y de Fronteras

Artículo 10

   El Ministerio de Salud Pública, velará por intermedio de sus oficinas respectivas, del cumplimiento fiel de los tratados, convenciones o acuerdos internacionales relativos a la sanidad pública, y dispondrá las medidas necesarias para facilitar su cumplimiento o para intervenir en los casos no previstos por acuerdos internacionales. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 42.
Referencias al artículo
Ayuda