LEY DE PROMESA DE ENAJENACION DE INMUEBLES A PLAZOS. MODIFICACION




Promulgación: 20/09/1933
Publicación: 26/09/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 869
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Para gozar de los beneficios de esta ley, los promitentes compradores tendrán que inscribir sus contratos en el registro correspondiente, a cuyo
fin y para el pago de los atrasos mayores a los establecidos en el artículo 1°, se les concede un plazo hasta el 31 de Diciembre del año en curso.
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