LEY DE PROMESA DE ENAJENACION DE INMUEBLES A PLAZOS




Promulgación: 17/06/1931
Publicación: 02/07/1931
Publicada anteriormente: 25/06/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 237
Referencias a toda la norma

CAPITULO III
DE LA RESOLUCION Y CANCELACION

Artículo 33

   En la promesa se entiende implícita la condición resolutoria, si los títulos no fueran perfectos.
   No tendrá lugar esta disposición, cuando el adquirente acepte expresamente el título y siempre que se especifique en el documento el vicio o defecto de que adolece. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 34.
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