LEY DE PROMESA DE ENAJENACION DE INMUEBLES A PLAZOS




Promulgación: 17/06/1931
Publicación: 02/07/1931
Publicada anteriormente: 25/06/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 237
Referencias a toda la norma

CAPITULO III
DE LA RESOLUCION Y CANCELACION

Artículo 27

   Las omisiones o reticencias del enajenante en declarar su situación y la del bien, de acuerdo con el inciso I) del artículo 4º, darán derecho a pedir la resolución e indemnización estipulada, sin perjuicio de la acción penal que corresponda (artículo 382 del Código Penal).
Ayuda