Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 22
Al artículo 95 se le agrega el siguiente párrafo final: "A falta del Presidente y del Vice, el Directorio, estando en quórum, designará un Presidente ad-oc, que tomará a su cargo provisoriamente las funciones correspondientes a la Presidencia del Banco, con todas las facultades propias de ésta."