LEY DE REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CREACION DE UN SISTEMA PREVISIONAL COMUN Y DETERMINACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONVERGENCIA DE LOS REGIMENES ACTUALMENTE VIGENTES




Promulgación: 02/05/2023
Publicación: 10/05/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentada por:
      Decreto Nº 19/025 de 27/01/2025,
      Decreto Nº 413/023 de 19/12/2023,
      Decreto Nº 227/023 de 31/07/2023,
      Decreto Nº 228/023 de 31/07/2023.
Referencias a toda la norma

TÍTULO VI - DE LOS REGÍMENES VOLUNTARIOS Y COMPLEMENTARIOS
CAPÍTULO III - PLAN DE AHORRO POR CONSUMO

Artículo 135

   (Administración del Plan de Ahorro por Consumo).- La incorporación al Plan de Ahorro por Consumo de los titulares de tarjetas de débito, instrumentos de dinero electrónico u otros instrumentos análogos, deberá hacerse mediante consentimiento escrito. La persona que adhiera al régimen podrá salir del mismo en cualquier momento sin expresión de causa, mediante comunicación fehaciente a la Administradora.(*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 139 (vigencia).
Referencias al artículo
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