APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN VIII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 523

   La Comisión Interinstitucional creada en el artículo anterior deberá elaborar un informe con el análisis de la situación de los subagentes, corredores y/o vendedores de loterías, quinielas y demás juegos de azar desde el punto de vista de la seguridad social, considerando especialmente las dificultades para acceder a una cobertura.

   La Comisión también deberá proponer las reformas concretas que sea necesario instrumentar a nivel legal o reglamentario.

   El informe y las propuestas que elabore la Comisión deberán ser presentados públicamente en el plazo de seis meses desde la promulgación de la presente ley, y comunicadas al Poder Ejecutivo y a la Asamblea General. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 132/024 de 06/05/2024.
Ver en esta norma, artículos: 5 (vigencia) y 524.
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