SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 26 - UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA
Artículo 276
Asígnase en el Inciso 26 "Universidad de la República", unidad ejecutora 050 "Unidad Central", programa 347 "Calidad Académica, Innovación e Integración de conocimiento a nivel nacional e internacional", una partida de $ 7.000.000 (siete millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2022, con destino al proyecto "Institutos Centrales de Investigación" para financiar la investigación en la generación y producción de vacunas.
A efectos de financiar la asignación prevista, reasígnase el crédito presupuestal aprobado para el ejercicio 2022, en el Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 024 "Dirección General de Secretaría - MEF", objeto del gasto 581.013 "FOMIN III Fondo Multilateral de Inversión III", Fuente de Financiamiento "Rentas Generales".
La Universidad de la República comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, la apertura de los créditos que se reasignan.