SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 36 - MINISTERIO DE AMBIENTE
Artículo 262
Cométese al Ministerio de Ambiente la adopción de las medidas necesarias para la instrumentación y aplicación del Convenio de Minamata sobre el Mercurio, aprobado por la Ley N° 19.267, de 12 de setiembre de 2014, estableciéndose a esos efectos la obligatoriedad de los plazos previstos en el mismo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000, en la redacción dada por el artículo 215 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018.