APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2020




Promulgación: 03/11/2021
Publicación: 09/11/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 148

   Asígnase en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", Programa 320 "Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios", una partida por única vez para el ejercicio 2022, por un monto de $ 147.344.706 (ciento cuarenta y siete millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos seis pesos uruguayos), con destino a la programación y ejecución del Censo General Agropecuario de 2022 según el siguiente detalle:

Proyecto
ODG
FF
Importe
000
141/000
1.1
2.590.676
000
299/000
1.1
15.075.236
972
799/000
1.2
19.626.376
000
031/006
1.1
64.302.216
000
042/510
1.1
6.507.512
000
059/000
1.1
5.900.811
000
081/000
1.1
14.958.555
000
082/000
1.1
767.105
000
087/000
1.1
3.540.487
000
521/000
1.1
14.075.732
Total
147.344.706
A efectos de financiar la asignación prevista, disminúyese un importe de $ 47.800.000 (cuarenta y siete millones ochocientos mil pesos uruguayos) del crédito presupuestal aprobado para el ejercicio 2022, en el Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 024 "Dirección General de Secretaría - MEF", objeto del gasto 581.013 "FOMIN III Fondo Multilateral de Inversión III", Fuente de Financiamiento 1.1 "Rentas Generales"; y un importe de $ 99.544.706 (noventa y nueve millones quinientos cuarenta y cuatro mil setecientos seis pesos uruguayos) de la partida dispuesta por el artículo 233 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017, y el artículo 317 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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