SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Artículo 119
Exonérase del pago de la Tasa de Registro de Estados Contables, creada por el artículo 214 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, a las unidades ejecutoras 001 "Dirección General de Secretaría", 002 "Contaduría General de la Nación" y 005 "Dirección General Impositiva" del Ministerio de Economía y Finanzas y al Tribunal de Cuentas.