SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 10 - MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Artículo 335
Cométese a la Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de Hidrografía" del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" la realización de un tarifario para los servicios que se prestan en varaderos y talleres navales bajo su jurisdicción.
A dichos efectos, facúltase a dicha unidad ejecutora, hasta tanto se apruebe el decreto tarifario correspondiente, a percibir tarifas y precios por los servicios prestados, tomando como referencia las establecidas en el Cuerpo Normativo Tarifario para los puertos deportivos y actividades deportivas en puertos comerciales vigente, en el porcentaje que corresponda.