MODIFICACION DE LA LEY ORGANICA DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 26/07/2019
Publicación: 05/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

TÍTULO IV - ESTATUTO DEL PERSONAL MILITAR

CAPÍTULO VIII - TRIBUNALES DE ÉTICA Y CONDUCTA MILITAR

Artículo 148

   El pase a situación de reforma del personal militar superior en situación de retiro, implica la limitación permanente o transitoria de los derechos previstos en los literales A), B), E), F) e I) del artículo 70 de la presente ley, como asimismo la limitación de su haber básico de retiro, el que quedará fijado en un 45% (cuarenta y cinco por ciento) del mismo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 151 y 166.
Ayuda