El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
TÍTULO II
LINEAMIENTOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL ESPACIO COSTERO
Artículo 8
(Intervenciones en cuencas hídricas y acuíferos asociados al espacio costero).- Los instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, definidos en la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, que refieran al espacio costero, así como nuevas urbanizaciones y proyectos, planes y programas de grandes infraestructuras y equipamientos, deberán identificar aquellas intervenciones realizadas o planificadas en las cuencas de aporte al espacio costero que hayan provocado o puedan provocar un potencial impacto negativo sobre el mismo y deberán establecer la realización de acciones que prevengan y mitiguen los riesgos actuales y potenciales que de ellas deriven.
Asimismo, deberán definir medidas para evitar o minimizar el riesgo de contaminación puntual o difusa y la sobreexplotación de los acuíferos asociados al espacio costero.