APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2017




Promulgación: 15/10/2018
Publicación: 25/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 70

   Declárase la Política Nacional Antártica como política pública orientada a través de amplios acuerdos.

   La misma, trazará, los lineamientos para el esfuerzo del conjunto de acciones llevadas a cabo por las instituciones públicas y privadas y orientar el desarrollo de actividades diplomáticas, científicas y logísticas que posibiliten la permanencia y actuación de la República como Miembro Consultivo del Tratado Antártico.

   El Poder Ejecutivo, a propuesta del Gabinete Interministerial en Asuntos Antárticos, órgano de conducción política y estratégica aprobará los lineamientos generales de la Política Nacional Antártica. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Referencias al artículo
Ayuda