APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2017




Promulgación: 15/10/2018
Publicación: 25/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Artículo 41

   El Poder Ejecutivo, a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en oportunidad de cada Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, remitirá un informe anual del Gabinete Ministerial de Transformación Productiva y Competitividad sobre actuaciones cumplidas y previstas en relación con el impacto de los nuevos modelos de negocios y la automatización sobre el empleo.

   Dicho informe tomará como insumo la elaboración y actualización de una Matriz de Riesgos y Oportunidades de Puestos Laborales, que abarque todos los sectores públicos y privados de carácter productivo (agro, industria, comercio y servicios), identificando los puestos de trabajo que se extinguirían y los puestos de trabajo que se crearían para períodos de cinco años. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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