Deróganse las siguientes disposiciones: artículo 151 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001; artículos 6°, 7°, 9°, 11, 23, 31, 39, 40 y 41, e inciso tercero del artículo 20, de la Ley N° 15.921, de 17 de diciembre de 1987.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo:31 (vigencia).
Ver: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 323 (interpretativo).