APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2016




Promulgación: 25/09/2017
Publicación: 03/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 33 - FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Artículo 211

   Reasígnase en el Inciso 33 "Fiscalía General de la Nación", Financiación 1.1 "Rentas Generales", programa 200 "Asesoramiento, cooperación y representación", unidad ejecutora 001 "Fiscalía General de la Nación", del objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", la suma de $ 98.176 (noventa y ocho mil ciento setenta y seis pesos uruguayos), al objeto del gasto 098.000 "Servicios Personales" con destino a financiar la remuneración dispuesta en el literal A) del artículo 51 de la Ley N° 19.483, de 5 de enero de 2017.

   Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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