APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2016




Promulgación: 25/09/2017
Publicación: 03/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 25 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Artículo 190

   Asígnanse al Inciso 25 "Administración Nacional de Educación Pública", Unidad Ejecutora 001 "Consejo Directivo Central", programa 601 "Administración de la Educación y Gestión de Políticas Transversales", Financiación 1.1 "Rentas Generales", con destino al pago de retribuciones personales, un monto de $ 1.500.000.000 (mil quinientos millones de pesos uruguayos).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 (vigencia) y 235.
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