APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2016




Promulgación: 25/09/2017
Publicación: 03/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 25 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Artículo 189

   Para las Unidades Ejecutoras que conforman la Administración Nacional de Educación Pública, las multas por alta tardía de actividad y afiliación mutual en el Banco de Previsión Social, siempre que el funcionario cuente con actividad abierta dentro de esa Administración, se aplicarán a los sesenta días de producirse el alta de actividad.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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