APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2016




Promulgación: 25/09/2017
Publicación: 03/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 154

   La compensación por dedicación exclusiva, prevista en el artículo 468 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, se abonará a los funcionarios profesionales abogados pertenecientes al escalafón A, del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", unidad ejecutora 007 "Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social", siempre que presten efectivamente funciones en la División Jurídica de dicha unidad ejecutora. La referida compensación se perderá aun cuando fuera dispuesto un pase en comisión al amparo de cualquier normativa que lo habilite.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Ayuda