LEY DE SALUD MENTAL




Promulgación: 24/08/2017
Publicación: 19/09/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 226/018 de 16/07/2018.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VI - ÓRGANO DEL CONTRALOR

Artículo 43

   (Duración del mandato).- La duración del mandato de los representantes titulares y alternos será de tres años, contados a partir de la fecha en que asuman sus respectivos cargos. Sin perjuicio de ello, la delegación del Poder Ejecutivo podrá modificarse en todo momento.
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