CREACION DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSFORMACION PRODUCTIVA Y COMPETITIVIDAD




Promulgación: 23/12/2016
Publicación: 17/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 223/019 de 05/08/2019.
Referencias a toda la norma
                               

CAPITULO I - DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSFORMACION PRODUCTIVA Y COMPETITIVIDAD

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 1.

Artículo 2

  (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 3.

Artículo 4

  (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 4.
Referencias al artículo

Artículo 5

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 5.
Referencias al artículo

Artículo 6

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 6.

Artículo 7

  (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 7.

Artículo 8

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 8.

Artículo 9

  (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 9.
Referencias al artículo

Artículo 10

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 10.

CAPITULO II - DE LA AGENCIA NACIONAL DE DESARROLLO

Artículo 11

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 11.

Artículo 12

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 12.

CAPITULO III - DEL INSTITUTO DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN, LAS EXPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS E IMAGEN PAÍS

Artículo 13

   El Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios, creado por el artículo 202 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, se denominará Instituto de Promoción de la Inversión, las Exportaciones de Bienes y Servicios e Imagen País.

Artículo 14

  (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículos 
204 y 207.

Artículo 15

   Incorpórase un representante del Ministerio de Educación y Cultura al Consejo de Dirección del Instituto de Promoción de la Inversión, las Exportaciones de Bienes y Servicios e Imagen País, previsto en el artículo 205 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 356 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

CAPITULO IV - DISPOSICIONES FINALES

Artículo 16

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 18.084 de 28/12/2006 artículo 
6.

Artículo 17

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 18.406 de 24/10/2008 artículo 
5.

Artículo 18

  (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 18.

Artículo 19

  (*)


(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3,
      Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 2.
Redacción dada anteriormente por: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 
343 Derogada/o.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 343, Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 19.
Referencias al artículo

Artículo 20

   Los Presidentes del Directorio de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación, de la Agencia Nacional de Desarrollo, del Instituto Nacional del Cooperativismo y de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria, percibirán una remuneración equivalente a la establecida para el cargo de Director General de Secretaría, conforme a la normativa vigente.

   Los demás miembros del Directorio de la Agencia Nacional de Desarrollo, así como los delegados del Poder Ejecutivo en el Directorio del Instituto Nacional del Cooperativismo, percibirán una remuneración equivalente al 90% (noventa por ciento) de la establecida para el cargo de Director General de Secretaría, conforme a la normativa vigente.

Artículo 21

   Encomiéndase al Poder Ejecutivo a modificar la denominación, objetivos y cometidos de la unidad ejecutora 012 "Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo", del Inciso 11, "Ministerio de Educación y Cultura", a fin de ajustarlos a lo dispuesto en esta ley, así como a establecer de modo uniforme las modalidades del control de conveniencia, legalidad y evaluación a ejercer sobre las agencias e institutos que conforman el Sistema Nacional de Transformación Productiva y Competitividad, y las vías del relacionamiento con el Poder Ejecutivo.

Artículo 22

  (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 
34 literales A) y B).

Artículo 23

  (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 73.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.472 de 23/12/2016 artículo 23.

TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - GUILLERMO MONCECCHI - NELSON LOUSTAUNAU - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN
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