SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 14 - MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 95
Créase en el Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente", unidad ejecutora 005 "Dirección Nacional de Aguas", el Registro de Técnicos Profesionales de Aguas, a los efectos de lo previsto por el artículo 4° del Decreto-Ley N° 14.859, de 15 de diciembre de 1978, con la modificación introducida por el artículo 251 de la Ley N° 16.320, de 1° de noviembre de 1992 (Código de Aguas).
El Poder Ejecutivo reglamentará su organización y funcionamiento.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 128/019 de 06/05/2019.
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).