PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2015 - 2019




Promulgación: 19/12/2015
Publicación: 30/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Artículo 82

   Las entidades públicas deberán como mínimo publicar en formato abierto, la información preceptuada por el artículo 5° de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008, y por los artículos 38 y 40 del Decreto N° 232/010, de 2 de agosto de 2010, según corresponda en el ámbito de su competencia.

   Los datos y sus metadatos asociados deberán cumplir con las normas técnicas que determine la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento. La publicación de estos datos deberá realizarse en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 19.179, de 27 de diciembre de 2013 ("software" libre y formatos abiertos en el Estado).

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 54/017 de 20/02/2017.
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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