PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2015 - 2019




Promulgación: 19/12/2015
Publicación: 30/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 477

   Autorízase en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" una partida anual de $ 3.601.790 (tres millones seiscientos un mil setecientos noventa pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, en el objeto del gasto 042.520 "Compensación especial por cumplir condiciones específicas", con destino al pago de una compensación especial a los funcionarios de la División Tecnología de la Información asignados a los proyectos pertenecientes al Plan Director Informático.

   La compensación prevista en el inciso anterior será financiada con la reasignación de créditos presupuestales existentes en el objeto del gasto 067.000 "Compensación por alimentación con aportes", hasta el monto de $ 436.525 (cuatrocientos treinta y seis mil quinientos veinticinco pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales y con los créditos presupuestales asociados a los cargos que se suprimen, según el siguiente detalle:

INCISO
U.E.
ESCALAFÓN
GRADO
DENOMINACIÓN
SERIE
13
001
C
2
Administrativo
Administrativo
13
001
F
2
Auxiliar III
Servicios
13
001
F
2
Auxiliar III
Servicios
13
001
F
2
Auxiliar III
Servicios
13
001
F
2
Auxiliar III
Servicios
13
001
F
1
Auxiliar IV
Servicios
13
001
A
13
Asesor
Economista

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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