SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 10
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Artículo 394
Créase en el ámbito de la competencia del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", unidad ejecutora 007 "Dirección Nacional de Transporte", el Registro Nacional de Cargadores, el que será implementado por la reglamentación correspondiente en el plazo máximo de ciento veinte días.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 184/016 de 20/06/2016.
Ver en esta norma, artículo:3 (vigencia).