PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2015 - 2019




Promulgación: 19/12/2015
Publicación: 30/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 08 MINISTERIO DE INDUSTRÍA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 345

   La Dirección Nacional de Industrias podrá valerse de la información que surge del Registro de Empresas Infractoras, creado por el artículo 321 de la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de 2005, a efectos de verificar si las empresas se encuentran al día con sus obligaciones en materia de seguridad social. Con la información brindada por dicho registro, podrá proponer la exclusión de los beneficios otorgados por la Ley N° 18.846, de 25 de noviembre de 2011, de aquellas empresas que incurran en infracciones o faltas graves o reiteradas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
Ayuda