PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2015 - 2019




Promulgación: 19/12/2015
Publicación: 30/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 149

   Autorízase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" un incremento salarial para el personal subalterno del escalafón K "Militar" y los civiles equiparados a un grado militar, en los grados y sus equivalentes que se detallan: 

   Grados y equivalentes
   Monto $
   Cabo 1ra.
   800
   Cabo 2da.
   1.000
   Soldado 1ra.
   1.500
   Aprendiz
   2.000
Dichas partidas estarán sujetas a montepío, percibirán los incrementos salariales y ajustes que se determinen para los funcionarios públicos de la Administración Central y no serán utilizadas para el cálculo de ninguna otra retribución que se fije en base a porcentajes. La financiación de las partidas se realizará con el incremento en el Grupo 0 "Retribuciones Personales" por $ 256.341.020 (doscientos cincuenta y seis millones trescientos cuarenta y un mil veinte pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales y la reasignación de créditos por $ 143.000.000 (ciento cuarenta y tres millones pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, desde el objeto del gasto 092.000 "Partidas globales a distribuir". Las habilitaciones y reasignaciones establecidas en el inciso precedente se realizarán en el Programa 300 "Defensa Nacional", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", debiendo ser comunicada por el Ministerio de Defensa Nacional a la Contaduría General de la Nación, su distribución entre las unidades ejecutoras, programas y objetos del gasto que correspondan. El Ministerio de Defensa Nacional deberá suprimir vacantes, con excepción de las pertenecientes a las de la unidad ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas", debiendo disminuirse el crédito por la remuneración total percibida por quienes ocupaban dichos cargos al momento de quedar vacantes. La supresión se realizará hasta alcanzar al 31 de diciembre de 2019, una reducción de $ 256.341.020 (doscientos cincuenta y seis millones trescientos cuarenta y un mil veinte pesos uruguayos), pudiendo utilizarse para alcanzar dicho monto, otras economías que pudieran producirse en el Inciso en el Grupo 0 "Retribuciones Personales". El procedimiento para la determinación de las vacantes a suprimir y los créditos correspondientes a ser disminuidos, se establecerá entre el Ministerio de Defensa Nacional, la Oficina Nacional del Servicio Civil y el Ministerio de Economía y Finanzas. En oportunidad de cada Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, el Ministerio de Defensa Nacional remitirá información sobre las vacantes suprimidas y la disminución de los créditos del Grupo 0 "Retribuciones Personales".

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
Referencias al artículo
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