PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2015 - 2019




Promulgación: 19/12/2015
Publicación: 30/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 125

   Establécese que el Personal Civil de la Armada Nacional quedará comprendido en lo previsto por los numerales 3), 4) y 5) del artículo 83 de la Ley N° 14.106, de 14 de marzo de 1973, en las redacciones dadas por los artículos 162 del Decreto-Ley N° 14.189, de 30 de abril de 1974, 102 de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990, 164 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y 88 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, cuando cumplan las tareas detalladas en los referidos numerales, percibiendo el adicional diario dispuesto para el Personal Superior.

   Increméntase en la unidad ejecutora 018 "Comando General de la Armada", programa 380 "Gestión Ambiental y ordenación del territorio", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", el objeto del gasto 042.024 "Compensación Adicional del 30% sobre sueldos funcionarios MDN", la suma de $ 84.532 (ochenta y cuatro mil quinientos treinta y dos pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino al pago del adicional previsto precedentemente, disminuyéndose en la misma unidad ejecutora los objetos del gasto que se detallan:

Programa
Objeto del Gasto
Monto ($)
300
081.000
500
322
081.000
13.237
300
082.000
33
322
082.000
882
300
047.001
2.426
322
047.500
81.280
300
048.007
648
300
059.000
256
322
059.000
6.788
322
042.520
178
TOTALES
106.228

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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