APROBACION DE LA LEY ORGANICA POLICIAL




Promulgación: 18/02/2015
Publicación: 24/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 88-BIS

   Cuando un funcionario policial sea condenado por la justicia penal y de 
   dicha condena resultare prisión u otra medida que afectare o impidiere 
   el cumplimiento del servicio, deberá disponerse en forma inmediata la 
   retención total de haberes, mientras dure la reclusión o la medida 
   dispuesta.

   Lo dispuesto en el inciso anterior es sin perjuicio de disponer la
   desinvestidura si correspondiere. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.
Agregado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 164.
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