APROBACION DE LA LEY ORGANICA POLICIAL




Promulgación: 18/02/2015
Publicación: 24/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

TÍTULO III
CAPÍTULO IV DE LOS COMETIDOS DE LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL

Artículo 28

   (Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas).-La Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas, es una unidad policial, dependiente de la unidad 001 del Inciso 04. Tiene como principales cometidos la prevención, control y represión del tráfico ilícito de drogas y de aquellas acciones que contravengan las normas sobre producción, distribución y empleo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
   Dicha Dirección estará a cargo de un Director que posea, como mínimo, grado de Comisario Mayor del subescalafón ejecutivo en situación de actividad.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 292/016 Derogada/o de 19/09/2016.
Ver en esta norma, artículo: 94 (vigencia).
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