APROBACION DE LA LEY ORGANICA POLICIAL




Promulgación: 18/02/2015
Publicación: 24/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

TÍTULO III
CAPÍTULO III DE LA DIRECCIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL

Artículo 23

   (Cometidos de la Dirección de la Policía Nacional).- Los cometidos de la Dirección de la Policía Nacional son los siguientes:
   A)     Ejecutar las políticas del orden y seguridad establecidas por
          el Ministro del Interior.
   B)     Planificar las actividades de la Policía Nacional.
   C)     Dirigir, coordinar, supervisar y controlar las unidades
          policiales que estén bajo su dependencia.
   D)     Asesorar al Ministro del Interior en asuntos relativos al
          orden, a la seguridad y a la Policía Nacional.
   E)     Coordinar con la Dirección General de Secretaría del Ministerio
          del Interior, la administración de los recursos necesarios para
          su gestión.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 294/016 de 19/09/2016.
Ver en esta norma, artículo: 94 (vigencia).
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