LEY DE MEDIOS. REGULACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE RADIO, TELEVISION Y OTROS SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL




Promulgación: 29/12/2014
Publicación: 14/01/2015
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1324
Reglamentada por: Decreto Nº 160/019 de 05/06/2019.
Referencias a toda la norma

TÍTULO X
INFRACCIONES Y SANCIONES
CAPÍTULO II SANCIONES

Artículo 181

   (Tipos de sanciones).- La comisión de infracciones dará lugar a la aplicación de las sanciones que se enumeran a continuación, las cuales se graduarán según su gravedad y considerando la existencia o no de reincidencia:
   A)   Observación.
   B)   Apercibimiento.
   C)   Decomiso de los elementos utilizados para cometer la infracción o
        de los bienes detectados en infracción, sanción que podrá ser
        aplicada en forma exclusiva o accesoria a las demás previstas.
   D)   Multa.
   E)   Suspensión de hasta noventa días en la prestación de la
        actividad, en casos de infracciones muy graves.
   F)   Revocación de la concesión, autorización, licencia o registro
        según lo establecido en el artículo 183 de la presente ley.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 260/020 de 18/09/2020.
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