(De las líneas transversales).- La educación policial y militar integrará
en sus objetivos, propuestas y contenidos, las líneas transversales
detalladas para todas las modalidades educativas del Sistema Nacional de
Educación, en el artículo 40 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de
2008:
1) La educación en derechos humanos tendrá como propósito que los
educandos, sirviéndose de conocimientos básicos de los cuerpos
normativos, desarrollen las actitudes e incorporen los principios
referidos a los derechos humanos fundamentales y al derecho
internacional humanitario.
2) La educación ambiental para el desarrollo humano sostenible tendrá
como propósito que los educandos adquieran conocimientos con el fin
de fomentar actitudes y comportamientos individuales y colectivos,
para mejorar las relaciones entre los seres humanos y de estos con
el entorno.
3) La educación artística tendrá como propósito que los educandos
alcancen a través de los diferentes lenguajes artísticos, una
educación integral.
4) La educación científica tendrá como propósito promover por diversas
vías, la comprensión y apropiación social del conocimiento
científico y tecnológico para su democratización, adquiriendo, en
los niveles correspondientes, los procedimientos y métodos
necesarios para su generación, adquisición y uso sistemáticos.
5) La educación lingüística tendrá como propósito el desarrollo de las
competencias comunicativas de las personas, el dominio de la lengua
escrita, el respeto de las variedades lingüísticas y la formación
plurilingüe a través de la enseñanza de segundas lenguas y lenguas
extranjeras.
6) La educación a través del trabajo tendrá como propósito incorporar
a los educandos en el concepto del trabajo como actividad propia de
los seres humanos e integradora a la vida social.
7) La educación para la salud tendrá como propósito la creación de
hábitos saludables, estilos de vida que promuevan la salud y
prevengan las enfermedades.
8) La educación sexual tendrá como propósito proporcionar instrumentos
adecuados que promuevan en educadores y educandos, la reflexión
crítica ante las relaciones de género y la sexualidad en general
para un disfrute responsable de la misma.
9) La educación física, la recreación y el deporte, de acuerdo a los
lineamientos que se especifican tendrán como propósito el
desarrollo del cuerpo, el movimiento, la interacción y la
actividad humana, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de
vida, al desarrollo personal y social, así como a la adquisición de
valores necesarios para la cohesión social y el diálogo
intercultural.