LEY DE EDUCACION POLICIAL Y MILITAR




Promulgación: 07/01/2014
Publicación: 20/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 11
Referencias a toda la norma

CAPITULO III
DE LA EDUCACION MILITAR

Artículo 17

 (Definición del Sistema de Educación Militar).- El Sistema de Educación
Militar comprende al conjunto de los centros educativos militares y
órganos educativos de las Fuerzas Armadas, bajo la conducción del
Ministerio de Defensa Nacional.
La conducción del sistema educativo militar, en sus diferentes niveles,
propósitos y tipos, según los aspectos comunes y las especificidades de
las diferentes Fuerzas, armas y servicios, se integra por:
1)     Autoridades educativas del Ministerio de Defensa Nacional.
2)     Un representante del Sistema Nacional de Educación Pública.
3)     Autoridades educativas de las Fuerzas Armadas.
4)     Centros de Educación Militar.
5)     Docentes.
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