DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 20/12/2013
Publicación: 07/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2274
Reglamentada por: Decreto Nº 115/018 de 24/04/2018.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO IV
RÉGIMEN DE ACCESO A LA ACTIVIDAD PESQUERA
SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 38

(Inscripción de embarcaciones).- Las embarcaciones empleadas
en la actividad pesquera, deberán acreditar la inscripción en la matrícula
nacional y enarbolar pabellón nacional.
El Poder Ejecutivo, por razones fundadas, podrá otorgar permisos a buques
de bandera extranjera conforme a la reglamentación respectiva.
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