REGULACION Y CONTROL DEL CANNABIS




Promulgación: 20/12/2013
Publicación: 07/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2250
Reglamentada por:
      Decreto Nº 56/023 de 16/02/2023,
      Decreto Nº 246/021 de 28/07/2021,
      Decreto Nº 282/020 de 05/10/2020,
      Decreto Nº 128/016 de 02/05/2016,
      Decreto Nº 46/015 Derogada/o de 04/02/2015,
      Decreto Nº 372/014 de 16/12/2014,
      Decreto Nº 120/014 de 06/05/2014.
Referencias a toda la norma

TÍTULO I
DE LOS FINES DE LA PRESENTE LEY

Artículo 2

 Sin perjuicio de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.294, de 31 de
octubre de 1974 y sus leyes modificativas, el Estado asumirá el control y
la regulación de las actividades de importación, exportación, plantación,
cultivo, cosecha, producción, adquisición a cualquier título,
almacenamiento, comercialización y distribución de cannabis y sus
derivados, o cáñamo cuando correspondiere, a través de las instituciones a
las cuales otorgue mandato legal, conforme con lo dispuesto en la presente
ley y en los términos y condiciones que al respecto fije la
reglamentación.

                                
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