REGULACION DE LAS TECNICAS DE REPRODUCCION HUMANA ASISTIDA




Promulgación: 22/11/2013
Publicación: 29/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2088
Reglamentada por:
      Decreto Nº 84/015 de 27/02/2015,
      Decreto Nº 311/014 de 30/10/2014.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III
DE LA DONACIÓN DE GAMETOS Y EMBRIONES

Artículo 17

 (Conservación de gametos).- Los gametos y embriones no transferidos se
conservarán por los plazos que determine la reglamentación, teniendo en
cuenta su viabilidad, así como la posibilidad de generar un embarazo a
partir de los mismos.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 32 (vigencia).
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