APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 11/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1637
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Artículo 53

 Facúltase al Inciso 02 - "Presidencia de la República", unidad ejecutora
008 "Oficina Nacional del Servicio Civil" a reasignar los créditos del
Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 002 "Presidencia de la
República", programa 483 "Políticas de Recursos Humanos", Proyecto 403
"Cooperación Técnica Reembolsable de Apoyo al Programa de Transformación
del Estado", hasta la suma de $ 16.150.024 (dieciséis millones ciento
cincuenta mil veinticuatro pesos uruguayos) con destino a financiar las
contrataciones necesarias hasta la aprobación de las reestructuras
organizativas y de puestos de trabajo del Inciso.
Los créditos asignados para las contrataciones a que refiere el inciso
precedente, serán considerados disponibles y serán reasignados al momento
de efectivizarse los contratos.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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