APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 11/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1637
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 239

 Facúltase al Inciso 11 - "Ministerio de Educación y Cultura", unidad
ejecutora 003 "Dirección Nacional de Cultura", a realizar contratos
laborales de acuerdo al régimen del artículo 54 de la Ley N° 18.719, de 27
de diciembre de 2010, y del artículo 195 de la Ley N° 18.834, de 4 de
noviembre de 2011, en lo que fuere aplicable, para desempeñar tareas
vinculadas a la Dirección o Coordinación de Museos y similares.
Reasígnase en la unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Cultura",
Financiación 1.1 "Rentas Generales", la suma de $ 2.850.000 (dos millones
ochocientos cincuenta mil pesos uruguayos), del Objeto del Gasto 299.000
"Otros Servicios no Personales no incluidos en los anteriores", al objeto
del gasto 095.004 "Fondo para Contratos Laborales", a efectos de financiar
las referidas contrataciones.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Referencias al artículo
Ayuda