APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 11/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1637
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 227

 Facúltase al Inciso 11 - "Ministerio de Educación y Cultura", unidad
ejecutora 007 "Archivo General de la Nación", a abonar a cada miembro de
la Comisión de Evaluación Documental de la Nación 0,5 BPC (media Base de
Prestaciones y Contribuciones) por asistencia efectiva a cada reunión de
la Comisión, a partir de la promulgación de la presente ley.
Dicha retribución será compatible con cualquier otra percibida con cargo a
fondos públicos.
Reasígnanse en el programa 420 "Información Oficial y Documentos de
interés público", del objeto del gasto 092.000 "Partidas globales a
distribuir" al objeto del gasto 051.000 "Dietas", $ 38.000 (treinta y ocho
mil pesos uruguayos) en el ejercicio 2013 y $ 155.880 (ciento cincuenta y
cinco mil ochocientos ochenta pesos uruguayos) a partir del ejercicio
2014.
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